Lista de tarifas del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU.
La siguiente tabla presenta las tarifas, actualmente vigentes, para todos los formularios del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Cada solicitud, petición o petición debe ir acompañada de la(s) tarifa(s) correcta(s), a menos que usted esté exento de pagar la(s) tarifa(s) o sea elegible para una exención de tarifas. Si la tarifa es incorrecta, la solicitud, petición o petición será rechazada.
Presentación en línea
Puede presentar ciertos formularios en línea como se indica en la tabla a continuación, el sistema lo guiará a través del proceso de pago de sus tarifas con una tarjeta de crédito, débito, Zelle, Western Union o prepaga. Los retiros de cuentas bancarias también están disponibles al pagar en línea. A menudo hay un descuento de $50 al presentar un formulario atraves de Bufete Abogados Migratorios. Si la admisión de PDF en línea está disponible para su formulario y lo presenta con esta herramienta, también se aplica el descuento de $50.
Presentación por correo
Si está presentando su solicitud, petición o solicitud por correo, visite nuestro sitio web para obtener orientación sobre la presentación, Las tarifas para solicitudes o peticiones se pueden pagar con cheque, giro postal o tarjeta de crédito:
1) Pagos con cheques o giros postales. Puede pagar tarifas con giros bancarios, Zelle, Western Union, cheques de caja, cheques certificados, cheques personales y giros postales que se giran en instituciones financieras de EE. UU. y son pagaderos en fondos de EE. UU. Haga el cheque o giro postal a nombre del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU., no use las iniciales «USDHS» o «DHS». Por lo general, debe enviar su cheque o giro postal junto con su solicitud o petición. Use un cheque o giro postal por separado para cada solicitud o petición que presente. No combine las tarifas de presentación de múltiples solicitudes o peticiones en un solo cheque o giro postal. Si paga con cheque o giro postal por un solo formulario que requiere varios cargos, pague cada cargo con un cheque o giro postal por separado, a menos que se indique lo contrario a continuación o en las instrucciones del formulario.
NOTA: Si envía un cheque a USCIS, lo convertiremos en una transferencia electrónica de fondos (EFT). Esto significa que copiaremos su cheque y usaremos la información de la cuenta para debitar electrónicamente de su cuenta el monto del cheque. El débito de su cuenta generalmente demorará 24 horas y su banco lo mostrará en su estado de cuenta regular. No recibirá su cheque original. Destruiremos su cheque original, pero conservaremos una copia del mismo. Si USCIS no puede procesar la EFT por razones técnicas, usted nos autoriza a procesar la copia en lugar de su cheque original. Si su cheque es devuelto como impagadero, podemos rechazar su solicitud, petición o petición.
La recomendacion estipulada de pagos para seguimiento seria atraves de Zelle, Western Union relocionado por AGENTES MIGRATORIOS o ATRAVES DE Bufete Abogados Migratorios
2) Pagos con tarjeta de crédito. Puede pagar su(s) cuota(s) utilizando una tarjeta de crédito. Consulte el Formulario, Autorización para transacciones con tarjeta de crédito, para obtener más información.
Presentación en una oficina de USCIS
Si está presentando su solicitud o petición en una oficina de USCIS; No se puede usar efectivo, un cheque de caja o un giro postal para pagar la tarifa de los servicios de presentación y/o biométricos. Las únicas opciones de pago aceptadas en una oficina de USCIS son el pago a través de pgov con tarjeta de crédito, tarjeta de débito o con un cheque personal.
Exenciones de tarifas
Ciertos contribuyentes pueden calificar para una exención de tarifas para ciertos formularios. Consulte el Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas, para determinar si es elegible para una exención de tarifas. Si no es elegible para una exención de cuotas, debe presentar la(s) tarifa(s) correcta(s). Para la mayoría de las solicitudes, no puede solicitar una exención de tarifas cuando presenta la solicitud en línea. Debe presentar versiones impresas del Formulario I-912, o su solicitud por escrito para una exención de tarifas, y el formulario para el cual está solicitando una exención de tarifas.
Exenciones de tarifas
Los formularios exentos de tarifas y las categorías de presentación indican $0 como tarifa de presentación. No necesita presentar el Formulario I-912 ni hacer una solicitud formal para calificar para una exención de tarifas. Sin embargo, las exenciones de tarifas en este anexo solo indican que el formulario es gratuito. No indican la elegibilidad para presentar esas solicitudes de beneficios en todas las circunstancias. La elegibilidad para presentar una solicitud de beneficio en particular se establece en las regulaciones aplicables y en las instrucciones del formulario.
Cómo utilizar la siguiente tabla:
Puede buscar un formulario específico ingresando un número de formulario, un nombre de formulario o una tarifa en el cuadro de búsqueda. Las formas que se enumeran a continuación generalmente están ordenadas alfabéticamente, en orden ascendente. Los formularios con varias tarifas de presentación se enumerarán más de una vez para mostrar las diferentes tarifas para cada propósito de presentación.
5. Procesos más comunes asistidos por los bufetes
Solicitudes de visas H-2A (agrícola) y H-2B (no agrícola).
Peticiones familiares y laborales (I-130, I-140).
Ajuste de estatus a residente legal permanente (Green Card).
Naturalización y ciudadanía.
Programas especiales como TPS, asilo y DACA.
6. Coordinación con el sistema migratorio
El trabajo de los bufetes está alineado con los procesos oficiales de USCIS, el Departamento de Trabajo (DOL), el Departamento de Estado y oficinas consulares. Este vínculo asegura que las peticiones estén correctamente formuladas, respetando tiempos, requisitos y leyes migratorias vigentes.
7. Conclusión
La colaboración entre la USCIS y los bufetes de abogados migratorios ha sido un eje fundamental del sistema de inmigración de EE.UU. durante los últimos 25 años. Gracias a su experiencia, compromiso y profesionalismo, miles de trabajadores extranjeros han encontrado oportunidades legales, seguras y humanas para construir un futuro en los Estados Unidos, fortaleciendo el tejido laboral y social del país.
Enfoque legal e institucional
«25 Años de Trayectoria Legal en Apoyo Migratorio: Vinculación Estratégica con la USCIS»
«Asistencia Migratoria Integral: Más de Dos Décadas de Trabajo Legal para el Migrante en EE.UU.»
«Bufetes Migratorios y USCIS: Una Alianza de 25 Años al Servicio del Trabajador Extranjero»
Enfoque práctico y humano
«Camino Legal hacia el Sueño Americano: 25 Años Guiando a Trabajadores Extranjeros»
«Protección, Asesoría y Justicia Migratoria: 25 Años de Historia con la USCIS»
«Defendiendo el Derecho a Trabajar en EE.UU.: 25 Años de Apoyo Migratorio Sin Fronteras»
